CERTIFICADO DE SECRETARÍA
(Fe pública, artículo 3.a) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, sobre régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional)
Expediente {{N_EXPEDIENTE}}
D.ª Maria Muestra Prueba, Secretaria del Ayuntamiento de Villanueva del Ejemplo, en ejercicio de las funciones de fe pública que me atribuye el artículo 3.a) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, sobre régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con el Visto Bueno de la Sra. Alcaldesa,
CERTIFICO:
Primero. Que en el Libro de Actas de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el expediente núm. {{N_EXPEDIENTE}}, relativo a la aprobación del expediente de contratación del servicio de limpieza de edificios municipales, consta el siguiente acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada con fecha 23 de mayo de 2026:
[TRANSCRIPCIÓN LITERAL DEL ACUERDO ADOPTADO POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN SESIÓN ORDINARIA DE 23 DE MAYO DE 2026, RELATIVO A LA APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES]
Segundo. Que el acuerdo cuya certificación se expide fue adoptado por la Junta de Gobierno Local en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 23.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LBRL), en relación con las facultades de asistencia al Alcalde y de gestión ordinaria de los asuntos municipales que le corresponden, siendo la aprobación de expedientes de contratación materia comprendida en el ámbito de sus atribuciones delegadas o propias conforme al citado precepto.
Tercero. Que la presente certificación se expide con la salvedad establecida en el artículo 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (en adelante, ROF), toda vez que el acta de la sesión en que se adoptó el acuerdo certificado no ha sido aún sometida a aprobación formal por el órgano colegiado. En consecuencia, la eficacia del presente certificado queda condicionada a que el acta correspondiente sea aprobada en los términos que resulten de la sesión, sin que ello afecte a la ejecutividad inmediata del acuerdo conforme a lo previsto en los artículos 116 y 118 del ROF.
Cuarto. Que el acuerdo certificado es ejecutivo desde su adopción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 del ROF, no constando en esta Secretaría la interposición de recurso alguno que suspenda su ejecutividad.
Quinto. Que la presente certificación se expide a instancias de {{NOMBRE_SOLICITANTE}} y a los efectos de {{FINALIDAD_CERTIFICADO}}.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido la presente certificación en Villanueva del Ejemplo, a veintitrés de mayo de dos mil veintiséis.
| Visto Bueno de la Alcaldesa: Fdo.: {{NOMBRE_ALCALDE}} |
La Secretaria Municipal: Fdo.: D.ª Maria Muestra Prueba |
[SELLO OFICIAL DEL AYUNTAMIENTO]
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